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24-01-2022
MODIFICA EL CóDIGO DEL TRABAJO PARA ELIMINAR EL TOPE DE INDEMNIZACIóN POR AñOS DE SERVICIO

Etapa en que se encuentra:

– Primer trámite constitucional (C. Diputados).
– Primer informe de comisión de Trabajo y Seguridad Social.

Fecha de Ingreso: Miércoles 10 de noviembre, 2021

La iniciativa busca suprimir el limite máximo de trescientos treinta días de remuneración, que se consagra en el Código del Trabajo, equivalente a 11 años de servicios.
Modificar el Código del Trabajo para eliminar el tope de indemnización por años de servicio es el objetivo de la propuesta legal que aborda la comisión técnica de la Cámara (boletín 14698).
La norma tiene por objeto suprimir el límite máximo de trescientos treinta días de remuneración, equivalente a 11 años de servicio. En esa línea se propone que el empleador pague una indemnización equivalente a 30 días de la última remuneración mensual, devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, sin límite de años.
Desde el Ejecutivo, subrayaron la necesidad de contar con antecedentes que den cuenta de qué universo de trabajadores se está hablando. En esa línea, precisaron que se deben sincerar las cifras de trabajadores dependientes con contrato indefinido.
Asimismo, plantearon la necesidad de conocer la duración de los contratos. En concreto, aquellos trabajadores que han visto extendido su contrato por mas de 11 años, entre otras estadísticas necesarias, para tener un buen criterio sobre el proyecto.

Otros proyectos

En cuanto a otras iniciativas el grupo parlamentario acordó que en su próxima sesión del lunes 17 de enero se votaran en general los siguientes proyectos de ley que modifican el Código del Trabajo: – Para ampliar el número de delegados sindicales por obra o faena y regular la duración de su fuero laboral, (boletín Nº 14.497).

– Para introducir medidas que promuevan una mejor ordenación del tiempo de trabajo (boletín N° 14.655)

-Que modifica el Código del Trabajo para introducir criterios que promuevan la objetividad y anonimización en los procesos de selección y contratación de trabajadores (boletín Nº 14.606)

Fuente: http://www.camara.cl

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