El Pleno de Convención Constitucional votó las normas emanadas de la Comisión de Derechos Fundamentales, entre ellas, el Derecho al Trabajo Decente, que fue aprobado y pasará a ser parte del borrador de la nueva Constitución
Dentro de los artículos aprobados se señala que “toda persona tiene derecho al trabajo y su libre elección. El Estado garantiza el trabajo decente y su protección”, entendiendo el trabajo decente como “el derecho a condiciones laborales equitativas, a la salud y seguridad en el trabajo, al descanso, al disfrute del tiempo libre, a su desconexión digital, a la garantía de indemnidad, y el pleno respeto de los derechos fundamentales en el contexto de trabajo”.
Además, se indica la prohibición de toda forma de precarización laboral, así como “el trabajo forzoso, humillante o denigrante”. En cuanto a los sindicatos, el pleno aprobó que “las organizaciones sindicales son titulares del derecho a la negociación colectiva, en tanto, representantes de trabajadores ante el o los empleadores”, así como que “la Constitución garantiza el derecho a huelga de trabajadores, trabajadoras y organizaciones sindicales”.
La consagración de estos derechos en el borrador de la Nueva Constitución es una gran noticia dentro del mundo sindical y laboral, por considerarse logros históricos. Así lo manifestó también el presidente de la CUT, David Acuña:
“En ninguna Constitución del mundo está el Trabajo Decente definido constitucionalmente. ¿Por qué es importante que este Derecho esté en la nueva Constitución? porque tiene distintas normativas internacionales directamente con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (…). Entonces tiene muchas características que nos permiten hacer una configuración respecto al trabajo, para salir a defender derechos posteriores a la nueva Constitución”.
Fuente: www.sindical.cl
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