Dictamen de la DT permitirá el teletrabajo para madres y padres con hijos menores de 12 años.
Ayer, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen en el que señaló que, ante la anticipación y extensión de las vacaciones de invierno anunciada por los ministerios de Salud y Educación, así como de la vigencia de una alerta sanitaria, los empleadores deben permitir a sus trabajadores con hijos menores de 12 años tele trabajar.
Y es que así lo estipula el artículo 206 bis del Código del Trabajo, el cual establece que ante una declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública o de una alerta sanitaria por epidemia o pandemia, los empleadores deberán ofrecer la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo a los trabajadores que tengan a su cargo el cuidado de infantes en edad preescolar, de niños de hasta 12 años Y de personas con discapacidad.
Según precisó el director del Trabajo, Pablo Zenteno,dichas condiciones actuales se cumplen, por lo que los empleadores deben dar esta posibilidad. Zenteno, además, dijo que los lineamientos del dictamen aplican para la semana excepcional de vacaciones que se anticipó, pero para los días posteriores no aplicaría porque dichos días de descanso ya estaban planificados. Además, para pactar dicha modalidad, la naturaleza de las funciones del trabajador debe permitirlo. Con todo, Zenteno reiteró que hay otras normativas que permiten a los trabajadores pactar con sus trabajadores el teletrabajo, como la Ley 21.342 de retorno seguro al trabajo, la cual también permite pactar el teletrabajo cuando el trabajador o trabajadora sea cuidador de niños menores. Además, también existe la Ley de Teletrabajo, la cual permite pactar el trabajo a distancia. Respecto al dictamen, Zenteno realizó un llamado a los empleadores a facilitar esta modalidad de trabajo cuando la naturaleza de las funciones lo permita.
Según precisó el director del Trabajo, Pablo Zenteno,dichas condiciones actuales se cumplen, por lo que los empleadores deben dar esta posibilidad. Zenteno, además, dijo que los lineamientos del dictamen aplican para la semana excepcional de vacaciones que se anticipó, pero para los días posteriores no aplicaría porque dichos días de descanso ya estaban planificados.
Además, para pactar dicha modalidad, la naturaleza de las
funciones del trabajador debe permitirlo.
Con todo, Zenteno reiteró que hay otras normativas que
permiten a los trabajadores pactar con sus trabajadores el
teletrabajo, como la Ley 21.342 de retorno seguro al
trabajo, la cual también permite pactar el teletrabajo
cuando el trabajador o trabajadora sea cuidador de niños
menores. Además, también existe la Ley de Teletrabajo, la
cual permite pactar el trabajo a distancia. Respecto al dictamen, Zenteno realizó un llamado a los
empleadores a facilitar esta modalidad de trabajo cuando
la naturaleza de las funciones lo permita.
Diario Financiero
Sindicato de Trabajadores Interempresas N° 4, Claro Chile | |||
|
|||
Todos los derechos Reservados Crecerconectados.cl ®. Santiago, Chile 2024
|
|||