NOTICIAS CONTINGENCIA


30-06-2022
¿LOS PAPÁS TIENEN PERMISO POST NATAL?

El padre que está con contrato vigente de trabajo -sin importar su antigüedad en el trabajo ni su estado civil-, tiene derecho a un permiso pagado de 5 días posteriores al nacimiento de su hijo/a, el que puede utilizar en forma continuada desde el momento del parto, o distribuirlos durante el primer mes desde la fecha del nacimiento.

El permiso se hace efectivo los días en que se encuentra distribuida la jornada laboral, no procediendo los días en que corresponde hacer uso del descanso semanal.
El padre debe pedir este permiso por escrito a su empleador, quien no lo podrá negar, pero puede exigir que se acredite el hecho que lo motiva, lo que puede hacerse efectivo con el certificado de nacimiento del niño o niña que otorga el Servicio de Registro Civil e Identificación. Si el permiso se ejerce el día del parto, la acreditación se hará en forma posterior.

Adicionalmente, con la extensión del postnatal, la madre puede traspasar semanas de su permiso postnatal parental al padre, en la última etapa de éste. Cuando el padre se tome este permiso, tendrá fuero por el doble del periodo de permiso que se tome y su subsidio será calculado en base a su remuneración (la del padre). Al respecto:

• Si la madre decide tomarse 12 semanas completas, puede traspasar hasta un máximo de 6 semanas al padre completas.

• Si la madre decide tomarse 18 semanas a media jornada, puede traspasar al padre hasta un máximo de 12 semanas en media jornada.

Para ello, se debe dar aviso al empleador por carta certificada con al menos 10 días de anticipación a fecha en que se hará uso del derecho, con copia a la Inspección del Trabajo y al empleador de la trabajadora.

Fuente: Dirección del Trabajo

Sindicato de Trabajadores Interempresas N° 4, Claro Chile
Noticias Directiva Sindicato Contacto
Todos los derechos Reservados Crecerconectados.cl ®. Santiago, Chile 2024