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06-12-2022
SE EXTIENDE EL PERMISO POSTNATAL PARENTAL

Conoce los nuevos plazos

La normativa permite a trabajadores y trabajadoras ausentarse de sus trabajos, facilitando el cuidado de niños y niñas en consideración al estado de alerta sanitaria.

El anuncio del Gobierno de extender transitoriamente el permiso postnatal parental hasta el 31 de diciembre de 2022 incluye a todas aquellas personas que se encuentren haciendo uso del beneficio y cuyo término haya ocurrido después del 1 de octubre de 2022 o finalice antes del 30 de diciembre de 2022.

Además, la Ley incorpora como beneficiarias a aquellas trabajadoras que en el marco de la anterior extensión del permiso postnatal parental no hayan alcanzado a hacer uso de los días que contemplaba dicha norma. En este caso, podrán hacer uso del remanente de días, hasta completar los 60 días, sin exceder el 31 de diciembre

La modificación incorpora las siguientes opciones:

  • Extensión permiso postnatal parental desde el 01.10.2022 hasta el 31.12.2022 percibiendo subsidio, por el mismo monto que el percibido durante el Permiso Postnatal Parental
  • Optar por reincorporarse a las labores
  • Prórroga de la prerrogativa de fuero maternal equivalente al periodo efectivo de la extensión, a continuación de terminado el período de fuero maternal (un año después de expirado el descanso postnatal).

De esta manera, las personas que se encuentren con su permiso postnatal vigente y éste finalice antes del 30 de diciembre de 2022, deberán comunicar a su empleador si se reintegrará a sus funciones, al menos 5 días hábiles antes que finalice su permiso, mediante correo electrónico o vía carta certificada, siempre con copia a la Inspección del Trabajo

La omisión de la comunicación se califica en el sentido de entender que el beneficiario ha optado por hacer uso de la extensión del permiso

Será responsabilidad del empleador informar a la entidad pagadora del subsidio la decisión de la trabajadora de reincorporarse a trabajar, en un plazo máximo de 3 días hábiles.

Para aquellas trabajadoras que se encuentren con licencia médica a la fecha de entrada en vigencia de la ley, ya sea de origen común o enfermedad grave de niño menor de un año, éstas podrán hacer uso de su derecho de extensión del permiso postnatal parental una vez finalizada su licencia médica, siguiendo los mismos pasos descritos anteriormente, salvo que el aviso debe ser comunicado dentro de los 15 días siguientes a la entrada en vigencia de la ley (9 de diciembre de 2022).

Fuente: Dirección del Trabajo

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